MÓDULO DE RECARGA DE GARRAFAS DE USO DOMÉSTICO
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- MÓDULO DE RECARGA DE GARRAFAS DE USO DOMÉSTICO
COSTO
7 jornales.
TIEMPO
Una vez completada las documentaciones requeridas, aproximadamente 10 días hábiles.
VALIDEZ
Definitiva (sin plazo de vencimiento).
OFICINA RESPONSABLE
Dirección General de Combustible - Dirección de Gas Licuado de Petróleo.
BENEFICIARIO
Empresas Distribuidoras de GLP y la ciudadanía en general
MODALIDAD
Presencial.
Requisitos
- Solicitud dirigida al MIC por la empresa distribuidora o fraccionadora para la autorización de la instalación.
- Copia de la C.I. del operador solicitante.
- Copia R.U.C. del operador solicitante.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil contra terceros, que cubra como mínimo 500 (quinientos) jornales por evento.
- Un parque mínimo de 20 garrafas, empadronada a nombre de una empresa fraccionadora.
- Contar con una constancia de capacitación para casos de emergencia expedida por un cuerpo de bomberos para cada personal dependiente de las estaciones de servicios de GLP.
- Aprobación por parte del INTN del modelo del módulo de carga de garrafas para su uso domiciliario en las Estaciones de Servicios de GLP.
- En caso de que el operador sea una persona jurídica, copia autenticada de la escritura de constitución de la sociedad.
- Copia autenticada del contrato suscrito entre la empresa Distribuidora o Fraccionadora y el operador.
- Copia autenticada del título de propiedad.
- Contrato de locación y compromiso del propietario para la instalación de la Estación de Servicios de G.L.P.
- Planos con aprobación Municipal de la Estación de Servicios
- Copia autenticada de Resolución de Aprobación de Planos de la Municipalidad afectada o MOPC según que la instalación sea común o rural
- Planos de la Instalación eléctrica, que será para ambiente inflamable
- Descripción detallada de los servicios a prestar
- Declaración de Impacto Ambiental (MADES)
- Verificación final de la Municipalidad
- Informe Técnico del I.N.T.N. para operar
- Solicitud por escrito al MIC de la verificación de la instalación de la Estación de Servicios G.L.P. Automotriz.
Procedimiento paso a paso
- Presentar documentos por mesa de entrada del MIC.
- La Dirección de GLP realizará un análisis de la documentación presentada y genera la liquidación de pago.
- Una vez abonado el arancel, el usuario debe solicitar vía correo electrónico, una verificación de la estación de servicios de GLP.
- Una vez hechas las verificaciones, el verificador eleva un informe a la Dirección de GLP, en caso de no cumplir con todos los requisitos establecidos, se realiza una comunicación al solicitante, quien deberá completar los requisitos reglamentarios para una nueva verificación.
- En caso de cumplimiento, se obtiene la aprobación del MIC.
Marco legal
Ley Nº 2639/05
Decreto Nº 6461/05
Resolución N° 1065/12
Ley Nº 2639/05
Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.
Decreto Nº 6461/05
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Resolución N° 1065/12
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Contactos
DIRECCIÓN GENERAL DE COMBUSTIBLES – DIRECCIÓN DE GLP
Avda. Mcal. López Nº 3333 c/ Dr. Weiss. 1er. piso
Tel.: (595 21) 616-3129/ (595 21) 616 3177
Email: mirian.azamendia@mic.gov.py /gustavo.gamarra@mic.gov.py