Licencias Previas para Importación – Celulares, Placas y Partes – Destino Régimen de Turismo

Trámite para realizar importaciones de celulares, placas y partes para su comercialización a personas no domiciliadas en el país, que tiene por objeto el control del cumplimiento de los estándares técnicos. La licencia previa habilita la generación del Despacho Aduanero.

COSTO

7 jornales. 
Pago Electrónico y Bancario.

TIEMPO DE TRAMITACION

2 días hábiles.

VALIDEZ

30 días.

OFICINA RESPONSABLE

Dirección General de Comercio Interior.

BENEFICIARIO

Importadores de Celulares, Placas y Partes destinadas al Régimen de Turismo.

MODALIDAD

https://secure.aduana.gov.py/vu

Requisitos

  • Lista de empaque con sus respectivas partidas arancelarias a 8 dígitos escaneada. 
  • Factura proforma escaneada.
  • Constancia del régimen de turismo escaneada. 
  • Constancia de Registro de Importadores de aparatos telefónicos celulares móviles. 
  • Nota de solicitud de licencia previa de importación de aparatos telefónicos celulares móviles dirigida al Ministro de Industria y Comercio. 
  • Certificado de Cumplimiento Tributario.

Procedimiento paso a paso

Marco legal

  • Decreto N° 6832/2017 “Por el cual se crea el registro de importadores de aparatos telefónicos celulares móviles, el registro de importadores de partes de aparatos telefónicos celulares móviles y el registro de importadores de placas madres (placas electrónicas o placas base) solas (que no se encuentren integradas a los aparatos telefónicos celulares móviles terminados, se establecen la certificación obligatoria de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) para los aparatos telefónicos celulares móviles, el régimen de licencia previa de importación de aparatos telefónicos celulares móviles, el régimen de licencia previa de importación no automática de partes de aparatos telefónicos celulares móviles y el régimen de licencia previa de importación no automática de placas madres (placas electrónicas o placas base) solas (que no se encuentren integradas a los aparatos telefónicos celulares móviles terminados)”
  • Decreto N° 8839/2023 “Por el cual se modifica el Decreto N° 6832/2017”
  • Resolución N° 183/2023 “Por la cual se reglamenta el Decreto N° 8839/2023”

Contacto

DIRECCION GENERAL DE COMERCIO INTERIOR 

Teléfono:  (+595 21) 61 63 066/3 077/3 295

Email:jcbogarin@mic.gov.py/fernanda.alcaraz@mic.gov.py/fatima.figueredo@mic.gov.py