INVESTIGACION SUBVENCIONES
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INVESTIGACION DE SUBVENCIONES
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COSTO
Gratuito
TIEMPO DE INVESTIGACION
9 a 11 meses.
VALIDEZ
5 años
MODALIDAD
Presencial
Horario: Lunes a Viernes de 7:00 a 15:00 horas
Beneficiarios
- Grupo de empresas o productores nacionales.
Beneficios para el usuario
- Establecer las normas y procedimientos aplicables a las importaciones que sean objeto de subvenciones cuando causen o amenacen causar daño a la producción nacional o cuando retrasen de manera importante el establecimiento de ésta.
Requisitos
- Cumplir los requisitos según Resolución MIC N° 1418/2015 «Por la cual se aprueba la Guía para la presentación de solicitudes de investigación de subvenciones y aplicación de derechos compensatorios”.
Procedimiento paso a paso
Se recibe la denuncia por Subvenciones y se evalúa su admisibilidad.
Se realizan consultas al Gobierno del país exportador.
Se evalúa la existencia de pruebas que ameriten la apertura de investigación.
Se inicia la investigación
Se realizan consultas con el Gobierno del país exportador.
Se realiza un análisis sobre las respuesta de los cuestionarios.
Se imponen medidas provisionales
Se realiza una análisis y evaluación de los datos para la adopción de Medidas Definitivas
Se adoptan medidas definitivas
Marco Legal
Ley Nº 904/63
"Que establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio”, modificada por la Ley N° 5289/14.
Ley N° 444/94
Que Ratifica el Acta Final de la Ronda del Uruguay del GATT
Decreto N° 1827/1999
“Acuerdo sobre Salvaguardia de la OMC” (LEY 444/94) - Procedimiento para su efecto cumplimiento.
Decreto N° 7105/2000
“Por el cual se dispone la vigencia en la República del Paraguay del reglamento relativo a la aplicación de medidas de Salvaguardia a las importaciones provenientes de países no miembros del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
Decreto N° 10.363/00
"Por el cual se establece la vigencia de las decisiones N° 4/97 del Consejo del Mercado Común, la Resolución N° 9/00 del Grupo Mercado Común y las directivas N° 20/97, 11/98, 14/98, 15/98 y 4/00 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
Resolución MIC N° 351/2018
"Por la cual se aprueba el manual de procedimiento con flujograma de la Dirección de Normas y Negociaciones Comerciales del Ministerio de Industria y Comercio”
Contacto
DIRECCIÓN DE NORMAS Y NEGOCIACIONES COMERCIALES
Dirección General de Comercio Exterior
Teléfono: (+595 21) 61 6113/3288
Correo Electrónico: claudia.sanabria@mic.gov.py /durdapilleta@mic.gov.py
Dirección: Av. Mcal. López 3333 c/Dr. Weiss, Villa Morra – 1er piso
Horario: Lunes a Viernes de 7:00 a 15:00 horas