CERTIFICADO DE ORIGEN PARA LA EXPORTACIÓN

El Certificado de Origen es un documento por el cual el productor final, o en su caso el exportador, declaran bajo juramento que la mercancía que se va a exportar ha cumplido con las exigencias que para su elaboración establecen las normas de origen. 

Este documento da un beneficio arancelario en el país destino de la exportación y/o permite aprovechar el cupo de importación existente el país de destino.

COSTO

De acuerdo al valor factura que va desde 1 jornal a 7 jornales.
Pago electrónico.

BENEFICIARIO

Exportadores

MODALIDAD

On-line a través de la plataforma de la Ventanilla Única de Exportación.
Enlace: http://www.vue.org.py- De lunes a Viernes de 7:00 a 15:00 horas.

OFICINA RESPONSABLE

Dirección General de Comercio Exterior

TIEMPO DE TRAMITACION

1 a 2 días hábiles

VALIDEZ

El Certificado de Origen tiene un plazo de validez de 180 días contados a partir de la fecha de su emisión, conforme a lo que establece en cada acuerdo comercial.

Requisitos

  • Obtención del usuario en la plataforma de la VUE.
  • Generación de la solicitud del Certificado de Origen para la Exportación.
  • Presentación de documento.
  • Envió de la solicitud generada.
  • Pago de costo del trámite.
  • Impresión y gestión de firmas de la Cámaras correspondiente.
  • Resultado Certificado de Origen para la Exportación.

Procedimiento paso a paso​

Marco legal

Decreto 29754/1931

“Por el cual se determinan normas para la expedición de Certificados de Origen”

Decreto 13960/1996

Por el cual se designan las entidades habilitadas a emitir certificado de origen de los productos nacionales para exportación”

Decreto 7290/2006

Por el cual se autoriza la aplicación del Sistema Simplificado de Exportación, denominado “Ventanilla Única de Exportación (VUE).

Resolución Nº 742/2011

«Por la cual se modifica parcialmente el Artículo 2º y se amplía el Anexo II y Manual de Normas y Procedimientos del Proceso de Gestión Electrónica del Certificado de Origen aprobado en la Resolución Nº 556/2006, Por la cual se dispone la Implementación del Sistema de Gestión Electrónica para la Emisión del Certificado de Origen y se adoptan los Requisitos»

Resolución Nº 1048/2015

«Por la cual se modifica el Anexo I de la Resolución Nº 138/2006, que modifica el Artículo 1º de la Resolución Nº 18/82, Por la cual se reglamentan los procedimientos para la Expedición de Certificados de Origen».

Resolución Nº 928/2006

«Por la cual se modifica el artículo 4º de la Resolución Nº 556/06, Por la cual se dispone la Implementación del Sistema de Gestión Electrónica para la emisión del Certificado de Origen y se adoptan los Requisitos, y se establece obligatorio el uso de Sistema para la emisión de los Certificados de Origen para la Exportación»

Resolución Nº 141/2013

“Por la cual se modifica el Artículo 1º de la Resolución Nº 84/89, Por la cual se aprueba la escala de tarifas para la Certificación y Visación de Certificado de Origen»

Resolución Nº 556/2006

Por la cual se dispone la Implementación del Sistema de Gestión Electrónica para la Emisión del Certificado de Origen y se adoptan los requisitos»

Resolución Nº 18/1982

«Por la cual se reglamentan los procedimientos para la expedición de certificados de origen»

Resolución 1405/2015

“Por la cual se aprueba el manual de organización y funciones de la Subsecretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria y Comercio y se derogan las resoluciones números 279/08, 254/10, 315/12 y 716/12”

Contacto

DIRECCION GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR 

Dirección de Operaciones de Comercio Exterior 

Teléfono: (+595 21) 6163116 (+595 21) 6163288

Correo electrónico:  gloria.zaracho@mic.gov.py / dcanete@mic.gov.py