Dirección de Política Automotriz Nacional dependiente de la Dirección General de Fomento Industrial de la Subsecretaría de Estado de Industria
Responsabilidades y Tareas:
Establecer los procedimientos que serán aplicados para la implementación de las disposiciones legales referentes a la Política Automotriz Nacional.
Verificar y aprobar las solicitudes presentadas por las empresas en lo referente a los programas de producción, liberación de materias primas e informes trimestrales que éstas declaren, a través de la plataforma VUE.
Orientar y asesorar a los empresarios y/ò sus representantes, sobre los procedimientos a seguir para acceder a los beneficios de la Ley de Política Automotriz Nacional.
Asesorar al Director General de Fomento Industrial, Director General de Política Industrial, Viceministro y autoridades superiores del Ministerio de Industria y Comercio en cuanto a las disposiciones de la Política Automotriz y los Acuerdos Internacionales del sector automotor.
Misión, Visión de la dependencia
Es la misión y visión institucional
Misión: Promover Políticas Públicas que apuntalen al desarrollo sostenible del sector Empresarial, a través del incremento de su competitividad
Visión: Ser la Institución Publica líder en la promoción del desarrollo competitivo y sostenible del sector empresarial en el Paraguay, contribuyendo a la calidad de vida de la sociedad
Asimismo se tiene como objetivo:
Fomentar el sector productivo industrial para crear fuentes de empleo, mejorar la competitividad de la industria nacional, estimular la capacitación de los trabajadores, fomentar las exportaciones e inversiones productivas y facilitar la transferencia de tecnología del país
Depende de la Dirección General de Fomento Industrial.
Dirección de Política Automotriz Nacional.
Técnicos analistas.
Beneficios:
0% de arancel para importación de bienes de capital, materias primas, componentes, kits, partes, piezas, e insumos fabriles necesarios para producción de bienes.
2% de Impuesto al Valor Agregado (IVA-Importación) para importación de bienes de capital, materias primas, componentes, kits, partes, piezas, e insumos fabriles necesarios para producción de bienes.
Excepto la partida 8711, correspondiente a motocicletas, que tributa el 10% de IVA para importación.
2% de Impuesto al Valor Agregado (IVA- Venta) al momento de la venta del producto obtenido.
Excepto la partida 8711, correspondiente a motocicletas, que tributa el 10% de IVA para venta.
20% de margen de preferencia en los precios ofertados en procesos de licitación y adquisición de bienes, por parte de los Organismos y Entidades del Estado.
Beneficiarios: las personas físicas y jurídicas, nacionales y extranjeras, que tengan por objetivo producir y/o ensamblar bienes mencionados precedentemente