CERTIFICADO DE ORIGEN PARA LA EXPORTACIÓN
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- Privado: IMPORT/EXPORT
- CERTIFICADO DE ORIGEN PARA LA EXPORTACIÓN
El Certificado de Origen es un documento por el cual el productor final, o en su caso el exportador, declaran bajo juramento que la mercancía que se va a exportar ha cumplido con las exigencias que para su elaboración establecen las normas de origen. |
Este documento da un beneficio arancelario en el país destino de la exportación y/o permite aprovechar el cupo de importación existente el país de destino.
COSTO
De acuerdo al valor factura que va desde 1 jornal a 7 jornales.
Pago electrónico.
BENEFICIARIO
Exportadores
MODALIDAD
On-line a través de la plataforma de la Ventanilla Única de Exportación.
Enlace: http://www.vue.org.py-
De lunes a Viernes de 7:00 a 15:00 horas.
OFICINA RESPONSABLE
Dirección General de Comercio Exterior
TIEMPO DE TRAMITACION
1 a 2 días hábiles
VALIDEZ
El Certificado de Origen tiene un plazo de validez de 180 días contados a partir de la fecha de su emisión, conforme a lo que establece en cada acuerdo comercial.
Requisitos
- Obtención del usuario en la plataforma de la VUE.
- Generación de la solicitud del Certificado de Origen para la Exportación.
- Presentación de documento.
- Envió de la solicitud generada.
- Pago de costo del trámite.
- Impresión y gestión de firmas de la Cámaras correspondiente.
- Resultado Certificado de Origen para la Exportación.
Procedimiento paso a paso
Acceder al link para obtener su Usuario y Contraseña
Ingresar a la plataforma de la Ventanilla Única del Exportador en el siguiente link: http://www.vue.org.py/login
Adjuntar los documentos (Factura comercial, Factura Intermediaria, Declaración Jurada del Exportador y Productor final, Despacho de Exportación)
Una vez aprobada la solicitud, podrá obtener el certificado de la plataforma Ventanilla Única del Exportador y; firmarlo digitalmente e imprimirlo o imprimirlo y firmarlo físicamente. Luego, gestionar la firma del mismo por parte de la Cámara emisora del certificado.
Certificado de Origen en papel o digital.
Marco legal
- Decreto 29754/1931 “Por el cual se determinan normas para la expedición de Certificados de Origen”
- Decreto 13960/1996 “Por el cual se designan las entidades habilitadas a emitir certificado de origen de los productos nacionales para exportación”
- Decreto 7290/2006 “Por el cual se autoriza la aplicación del Sistema Simplificado de Exportación, denominado “Ventanilla Única de Exportación (VUE)»
- Resolución Nº 18/1982 «Por la cual se reglamentan los procedimientos para la expedición de certificados de origen»
- Resolución Nº 141/2013 “Por la cual se modifica el Artículo 1º de la Resolución Nº 84/89, Por la cual se aprueba la escala de tarifas para la Certificación y Visación de Certificado de Origen»
- Resolución Nº 556/2006 «Por la cual se dispone la Implementación del Sistema de Gestión Electrónica para la Emisión del Certificado de Origen y se adoptan los requisitos»
- Resolución Nº 742/2011 «Por la cual se modifica parcialmente el Artículo 2º y se amplía el Anexo II y Manual de Normas y Procedimientos del Proceso de Gestión Electrónica del Certificado de Origen aprobado en la Resolución Nº 556/2006, Por la cual se dispone la Implementación del Sistema de Gestión Electrónica para la Emisión del Certificado de Origen y se adoptan los Requisitos»
- Resolución Nº 1048/2015 «Por la cual se modifica el Anexo I de la Resolución Nº 138/2006, que modifica el Artículo 1º de la Resolución Nº 18/82, Por la cual se reglamentan los procedimientos para la Expedición de Certificados de Origen»
- Resolución Nº 928/2006 «Por la cual se modifica el artículo 4º de la Resolución Nº 556/06, Por la cual se dispone la Implementación del Sistema de Gestión Electrónica para la emisión del Certificado de Origen y se adoptan los Requisitos, y se establece obligatorio el uso de Sistema para la emisión de los Certificados de Origen para la Exportación»
- Resolución 1405/2015 “Por la cual se aprueba el manual de organización y funciones de la Subsecretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria y Comercio y se derogan las resoluciones números 279/08, 254/10, 315/12 y 716/12”
Contacto
DIRECCION GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR – Dirección de Operaciones de Comercio Exterior
Teléfono: (+595 21) 6163116 (+595 21) 6163288
Correo electrónico: gloria.zaracho@mic.gov.py / dcanete@mic.gov.py