SINAMIPYMES

Órgano consultivo Multi-sectorial que tiene como finalidad “el Planeamiento y ejecución de Políticas y acciones de fomento para la competitividad de las Mipymes”, bajo el liderazgo del Viceministerio de Mipymes del Ministerio de Industria y Comercio, que a su vez, tiene a su cargo la responsabilidad de “Dirigir y coordinar las funciones establecidas en la Ley”

LEY N° 4457/12

PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES)

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

CAPITULO II

DE LA CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE MIPYMES

Y DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN

SECCIÓN I

Artículo 8°.- DEL SISTEMA.

Créase el Sistema Nacional de Mipymes, en adelante el “Sistema”, en cumplimiento de una política nacional que posibilite el trabajo integral, armonizado y conjunto de órganos involucrados en la creación, formalización, desarrollo y competitividad de las Mipymes. Bajo la dirección del Ministro de Industria y Comercio, a través de las Subsecretarías de Estado y Direcciones correspondientes.

Artículo 9°.- OBJETIVO DEL SISTEMA.

Diseñar las políticas públicas dirigidas al sector con énfasis en la disponibilidad y calidad de la información pertinente, la capacitación de los sectores interesados y la distribución de manera equitativa y justa de los recursos nacionales para el sector de Mipymes.

Todas las dependencias del Estado considerarán los objetivos del desarrollo de las empresas en consideración a la importante función social y económica del sector.

Artículo 10.- ARTICULACIÓN DE SECTORES.

El Ministerio de Industria y Comercio necesariamente deberá ser consultado en los proyectos de inversión estatal de programas y acciones vinculados al sector de las Mipymes.

Artículo 11.- CONSTITUCIÓN DE MESAS TEMÁTICAS.

El Sistema operará a través del Ministerio de Industria y Comercio, organismo responsable de la coordinación de las actividades del sector público y privado relativas a las Mipymes, para lo cual podrá conformar el foro nacional y/o mesas de trabajo inter-disciplinarias con el sector privado, académicos y cooperación internacional para tratar todos los temas referentes al sector, especialmente dedicado a la intermediación financiera, a fin de asegurar la financiación de proyectos sostenibles para las Mipymes.

Artículo 12.- DE LA FINALIDAD DEL SISTEMA.

El Sistema tendrá como finalidad primordial: El planeamiento y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las Mipymes, para cuyo efecto podrá:

a) Aprobar el Plan Nacional de Promoción y Formalización para la competitividad y desarrollo de las Mipymes que incorporen las prioridades regionales por sectores, señalando los objetivos y metas correspondientes.

b) Enfocar estrategias y proyectos de modernización, innovación y desarrollo tecnológico para las Mipymes.

c) Propiciar nuevos instrumentos de apoyo a las Mipymes, considerando las tendencias internacionales de los países regionales con los que Paraguay tiene mayor interacción.

d) Propiciar la simplificación y facilitación de todos los trámites pertinentes a las Mipymes.

e) Fomentar la constitución de incubadoras de empresas y formación de emprendedores.

f) Promover una cultura tecnológica en las Mipymes “modernización, innovación y desarrollo tecnológico”.

g) Promover programas educativos para Mipymes, fortaleciendo la vinculación academia-empresa y de creación de empresas con las universidades e institutos técnicos y tecnológicos y; sin perjuicio de su régimen de autonomía universitaria, considerarán lo dispuesto en la presente Ley, a los efectos de establecer diplomados, programas de educación no formal, consultorías y asesorías dirigidas a fortalecer la productividad y competitividad, programas de extensión y cátedras especiales para las Mipymes, promoviendo la iniciativa empresarial.

h) Promover la articulación intra y extra sectorial, movilizar recursos nacionales e internacionales, implementar la planificación estratégica en normalización, fiscalización y conducción superior.

i) Facilitar el acceso de las Mipymes a las compras del Estado, participando en las contrataciones y adquisiciones, de acuerdo con la normativa correspondiente.

j) Promover el crecimiento, diversificación y consolidación de las exportaciones, directas e indirectas de las Mipymes, implementando estrategias de desarrollo de mercados y de oferta exportable, así como de fomento a la mejora de la gestión empresarial en coordinación con instituciones públicas y privadas.