REGISTRO INDUSTRIAL

Registro Industrial

Es el Padrón Nacional General de las empresas que realizan cualquier tipo de Actividad Industrial dentro del territorio de la República del Paraguay. Entiéndase Actividad Industrial como la transformación mecánica, física o química en su esencia y/o forma de materias primas o materiales e insumos en nuevos productos. A los efectos de su inscripción, se consideran actividades industriales a las de ensamblaje y fraccionamiento y todas las actividades conexas.  Todos los establecimientos en los que se realizan actividades industriales o productivas deben registrarse. Es de carácter obligatorio y se establecen sanciones por el incumplimiento del mismo.

COSTO

Constancia de Inscripción/Renovación de Registro Industrial

  • MICRO: Exentas
  • PYMES: 3 Jornales 
  • GRANDES: 7 Jornales 

Solicitud de Verificación técnica de establecimiento

  • MICRO: Exentas
  • PYMES: 3 Jornales 
  • GRANDES: 7 Jornales 

Medio de Pago: por ventanilla bancaria o por transferencia home banking

TIEMPO DE TRAMITACION

4 (cuatro) días hábiles, para solicitudes de Inscripción y también para solicitud cierre de vigencia del Registro Industrial.

2(dos) días hábiles, para solicitudes de Renovación de Registro Industrial o para cualquier actualización de datos y documentos.

VIGENCIA

Industrias activas: 2 años (renovable por el mismo periodo).

Industrias en proceso de instalación: 6 meses (renovable por el mismo periodo).

OFICINA RESPONSABLE

Coordinación de Registro Industrial – Dirección General de Fomento Industrial.

BENEFICIARIO

Empresas industriales

MODALIDAD

Trámite electrónico a través de la VUE 

www.vue.org.py

Beneficios para el usuario

El sector Industrial es el motor de la economía; al Registrar su Industria, usted está haciendo conocer su empresa, difundiendo los productos que elabora, el sector industrial al que pertenece, la ubicación geográfica de su empresa y los datos para que potenciales clientes puedan entablar comunicación con usted. Asimismo las empresas registradas en el REGISTRO INDUSTRIAL EN LINEA (RIEL) pueden acceder a los siguientes beneficios: 

  • Exoneración del pago de arancel aduanero en la Importación de materias primas e insumos a ser utilizados en el proceso productivo, en caso de que las mismas no registren producción nacional. 
  • Certificado de Producto y Empleo Nacional emitido para acogerse a un margen del 40% sobre precios ofertados en Licitaciones Públicas en el marco de la Ley 4558/2011 y la Ley 6575/2020. 
  • Beneficios establecidos en la Ley 60/90 en la importación de bienes de capital a ser utilizados en los procesos fabriles. 
  • Obtener y/o mantener la categoría de tarifa industrial de energía eléctrica, establecido en el pliego tarifario N° 21 de la ANDE. 

Requisitos

Procedimiento paso a paso

Marco legal

Contactos

Coordinación de Registro Industrial 

Sede Central del MIC: Avda. Mcal. López Nº 3333 c/ Dr. Weiss – 2°piso

Tel.: (595-21) 6163092/65

Correo electrónico : pablo.cano@mic.gov.py / mario.roman@mic.gov.py /nancy.benitez@mic.gov.py / luis.caceres@mic.gov.py